Una empresa emergente es aquella empresa que desarrolla un proyecto de emprendimiento innovador y escalable, que no haya distribuido dividendos.
Puede ser de nueva creación o que tener como máximo cinco años de vida o siete, en caso de que se trate de empresas del sector biotecnológico, energético o industrial. Para tener tal consideración, es necesario contar con la acreditación de la entidad pública ENISA, que es válida frente a las administraciones públicas.
Los beneficios fiscales son muy atractivos, ya que:

  • Tributarán al tipo del 15% en el primer período impositivo en que, teniendo la condición de empresa emergente, la base imponible resulte positiva y en los tres siguientes, siempre que mantengan dicha condición. No tendrán la obligación de realizar pagos a cuenta.
  • Podrán contar también con la bonificación durante tres años de las cuotas de la Seguridad Social para los emprendedores autónomos que trabajen por cuenta ajena
  • Y por último, también muy importante, los inversores en este tipo de empresas tendrán en su IRPF, una deducción por inversión en empresas de nueva creación del 50%, con una base máxima de hasta 100.000 euros.
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