La Junta de Extremadura ha sacado una nueva ayuda para la modernización de las pymes:

 ¿En qué consisten estas ayudas?

El objetivo de estas ayudas es apoyar inversiones en bienes de equipo, consistentes en maquinaria y herramientas ligadas al proceso productivo, para favorecer la modernización de las actividades desarrolladas por autónomos y micropymes de Extremadura.

El importe máximo de la inversión proyectada no podrá ser superior a 25.000 €.

Solicitud abierta hasta el 7 de octubre de 2024

 ¿Quién la puede solicitar?

  • Autónomos, así como otro tipo de empresas de cualquier forma jurídica.
  • Que cuenten con una plantilla media que no sea superior a 3 trabajadores.

 Actividades excluidas:

  • Las actividades de comercio minorista y de artesanía.
  • Los sectores de acuicultura, pesca o la producción primaria de productos agrícolas.
  • Las actividades relacionadas con juegos de azar y apuestas, actividades financieras y a la fabricación, transformación y comercialización de tabaco o de productos para la industria tabaquera.

 Inversiones subvencionables

Adquisición maquinaria y herramientas que cumplan algunos de los siguientes requisitos:

  • Dirigidas a la producción y transformación del producto manufacturado;
  • Que estén orientados a la automatización y/o optimización de los procesos productivos;
  • Que mejoren la calidad, el control y/o la trazabilidad de los procesos productivos;
  • Que presenten un marcado componente tecnológico e innovador.

Además, se subvencionan los gastos de transporte, instalación, montaje y formación relativos a las inversiones proyectadas (siempre que no superen el 20% del coste total del proyecto).

El importe mínimo de la inversión proyectada debe ser de 1.000 € y la inversión máxima no podrá ser superior a 25.000 €.

Inversiones excluidas

  • Equipos informáticos de carácter básico, tales como ordenadores, portátiles, servidores, impresoras o similares.
  • Maquinaria o equipos de reposición o mera sustitución de equipos obsoletos.
  • Maquinaria y equipamiento de segundo uso.
  • Maquinaria de cuantía inferior a 1.000 euros

Cuantía

Subvención a fondo perdido del 40% de la inversión subvencionable, porcentaje que se incrementará en los casos siguientes:

  • Se añaden 5 puntos si la actividad principal corresponde a la  industria transformadora, sección C de la clasificación CNAE.
  • Se añaden 5 puntos si el centro de trabajo está ubicado en un municipio de menos de 5.000 habitantes.

Documentación a presentar para la solicitud

Junto a la solicitud se debe acompañar la siguiente documentación:

 Memoria del Proyecto, conforme al contenido mínimo que se establezca en las convocatorias.

  1. Factura/s proformas de la/s acción/es subvencionable/s que se pretendan llevar a cabo, desglosadas por conceptos e importes.

Ejecución de proyectos.

El plazo para la ejecución del proyecto, más las posibles prórrogas que se puedan conceder, en ningún caso, podrá exceder de 3 meses contados a partir del día siguiente de la notifi[1]cación de la resolución individual de concesión